Artículo 1011 del Código Civil

La declaración de hacer uso del beneficio de inventario deberá hacerse ante Notario.

art 1011 cc

Explicación sencilla

La cita hace referencia al artículo 1011 del Código Civil, el cual establece que cuando una persona desea hacer uso del beneficio de inventario, debe hacer la correspondiente declaración ante un Notario público. El beneficio de inventario es una figura legal que protege a los herederos de las deudas que pudieran existir en una herencia. Al hacer la declaración ante el Notario, se inicia el proceso en el cual se inventarian todos los bienes y deudas del fallecido, y los herederos pueden aceptar la herencia con beneficio de inventario, lo que significa que solo responderán por las deudas con los bienes heredados, y no con sus propios patrimonios.

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