Artículo 1013 del Código Civil
La declaración a que se refieren los artículos anteriores no producirá efecto alguno si no va precedida o seguida de un inventario fiel y exacto de todos los bienes de la herencia, hecho con las formalidades y dentro de los plazos que se expresarán en los artículos siguientes.
art 1013 cc
Explicación sencilla
Esta cita del artículo 1013 del Código Civil establece que para que una declaración sobre una herencia sea válida, debe ir acompañada de un inventario completo y preciso de todos los bienes que forman parte de la herencia. Este inventario debe ser realizado siguiendo ciertos procedimientos y debe presentarse dentro de los plazos establecidos. En resumen, esta norma asegura que se haga un registro detallado de los bienes de una herencia antes de que se pueda tomar cualquier decisión o acción legal relacionada con la misma.
- LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
- Título III: De las sucesiones
- Capítulo V: Disposiciones comunes a las herencias por testamento o sin él
- Sección V: Del beneficio de inventario y del derecho de deliberar
- Artículo 1010
- Artículo 1011
- Artículo 1012
- Artículo 1013
- Artículo 1014
- Artículo 1015
- Artículo 1016
- Artículo 1017
- Artículo 1018
- Artículo 1019
- Artículo 1020
- Artículo 1021
- Artículo 1022
- Artículo 1023
- Artículo 1024
- Artículo 1025
- Artículo 1026
- Artículo 1027
- Artículo 1028
- Artículo 1029
- Artículo 1030
- Artículo 1031
- Artículo 1032
- Artículo 1033
- Artículo 1034
- Sección V: Del beneficio de inventario y del derecho de deliberar
- Capítulo V: Disposiciones comunes a las herencias por testamento o sin él
- Título III: De las sucesiones
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