Artículo 1018 del Código Civil

Si por culpa o negligencia del heredero no se principiare o no se concluyere el inventario en los plazos y con las solemnidades prescritas en los artículos anteriores, se entenderá que acepta la herencia pura y simplemente.

art 1018 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere a la ley 1018 del Código Civil y establece que si el heredero no cumple con sus responsabilidades de hacer el inventario de la herencia en los plazos y formas establecidas, se considerará que acepta la herencia en su totalidad, sin ninguna condición o restricción. En otras palabras, si el heredero no cumple con sus obligaciones legales, se entenderá que está de acuerdo en recibir todos los bienes y deudas dejados por el fallecido sin objeción alguna.

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