Artículo 1090 del Código Civil

Las obligaciones derivadas de la ley no se presumen. Sólo son exigibles las expresamente determinadas en este Código o en leyes especiales, y se regirán por los preceptos de la ley que las hubiere establecido; y, en lo que ésta no hubiere previsto, por las disposiciones del presente libro.

art 1090 cc

Explicación sencilla

Esta cita es una explicación sobre las obligaciones establecidas por la ley. Según el Código Civil, las obligaciones no se asumen automáticamente, sino que solo son exigibles si están expresamente determinadas en este código o en leyes especiales. Además, estas obligaciones se rigen por las disposiciones de la ley que las haya establecido y, en caso de que no haya previsto algo específico, se regirán por las disposiciones del libro actualmente vigente. En resumen, las obligaciones legales solo son válidas si están claramente establecidas en la ley.

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