Artículo 1133 del Código Civil

La elección no producirá efecto sino desde que fuere notificada.

art 1133 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere al artículo 1133 del Código Civil, que establece que una elección no tendrá ningún efecto legal hasta que sea debidamente comunicada o notificada a la otra parte involucrada. Esto significa que, aunque se tome una decisión o se haga una elección, no será válida hasta que se informe oficialmente a las personas o entidades afectadas. La notificación es importante para asegurar que todos los involucrados estén al tanto de la elección y puedan proceder de acuerdo con la misma.

El artículo 1133 del Código Civil español explica cuándo producirá efecto la elección.

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