Artículo 1164 del Código Civil

El pago hecho de buena fe al que estuviere en posesión del crédito, liberará al deudor.

art 1164 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere a una regla legal que establece que si una persona paga una deuda a alguien que aparentemente tiene derecho a cobrarla de buena fe, el deudor quedará liberado de su obligación. En otras palabras, si una persona paga lo que debe a alguien que aparentemente es el beneficiario del crédito de buena fe, no tendrá que pagar nuevamente si resulta que ese supuesto beneficiario no era el legítimo propietario del crédito. Esta regla busca proteger al deudor de posibles fraudes o engaños por parte del supuesto acreedor. (90 palabras)

El artículo 1164 del Código Civil español explica cuándo el pago liberará al deudor.

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