Artículo 1222 del Código Civil

La inscripción, en cualquier registro público, de un documento que haya desaparecido, será apreciada según las reglas de los dos últimos párrafos del artículo precedente

art 1222 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere a la inscripción de documentos en registros públicos. Si un documento se pierde pero ya ha sido inscrito en un registro, se tomarán en cuenta las reglas descritas en los dos últimos párrafos del artículo anterior. Esto significa que se evaluará la validez y autenticidad del documento desaparecido a través de esos párrafos específicos del código civil. En resumen, esta cita establece cómo se debe tratar la inscripción de un documento perdido en un registro público.

El artículo 1222 del Código Civil español explica cómo será apreciada la inscripción de un documento que haya desaparecido.

  • Código Civil
  • Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Subir