Artículo 1228 del Código Civil

Los asientos, registros y papeles privados únicamente hacen prueba contra el que los ha escrito en todo aquello que conste con claridad; pero el que quiera aprovecharse de ellos habrá de aceptarlos en la parte que le perjudiquen.

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Explicación sencilla

El artículo 1228 del Código Civil establece que los asientos, registros y papeles privados solo tienen validez en contra de quien los ha escrito, en la medida en que sean claros y evidentes. Sin embargo, si alguien desea utilizarlos en su beneficio, también deberá aceptar cualquier parte que le perjudique. En otras palabras, estos documentos solo tienen efecto legal para probar algo en contra de su autor, pero si alguien intenta utilizarlos para beneficiarse, deberá aceptar cualquier información que le perjudique contenida en ellos.

El artículo 1228 del Código Civil español explica cuál es el papel de los asientos, registros y papeles privados.

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