Artículo 1255 del Código Civil
Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público.
art 1255 cc
Explicación sencilla
Esta cita hace referencia al artículo 1255 del Código Civil, el cual establece que las partes involucradas en un contrato tienen la libertad de establecer acuerdos y condiciones siempre y cuando no vayan en contra de las leyes, la moral o el orden público. En otras palabras, las personas pueden negociar y acordar los términos de un contrato según sus necesidades y conveniencia, siempre y cuando respeten los principios básicos de la legalidad, la ética y el bienestar colectivo. Esta cláusula busca proteger los derechos de las partes involucradas y garantizar que los contratos sean justos y respeten los valores fundamentales de la sociedad.
El artículo 1255 del Código Civil español se encuentra dentro del título que hace referencia a los contratos.
En concreto, en este artículo se especifica que las partes contratantes tienen la posibilidad de fijar cualquier tipo de pacto o cláusula en el contrato correspondiente, siempre y cuando no vayan en contra de la ley, la moral o el orden público.
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título II: De los contratos
- Capítulo I: Disposiciones generales
- Título II: De los contratos
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