Artículo 1256 del Código Civil

La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.

art 1256 cc

Explicación sencilla

Esta cita hace referencia al artículo 1256 del Código Civil, el cual establece que la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden estar a discreción de solo una de las partes involucradas. Esto significa que ambas partes deben acordar y respetar los términos y condiciones del contrato, sin que ninguna de ellas pueda tomar decisiones unilaterales que afecten su validez o su cumplimiento. Es importante para garantizar la equidad y la justicia en las relaciones contractuales, evitando abusos de poder por parte de una de las partes.

El artículo 1256 del Código Civil español se encuentra dentro del título que hace referencia a los contratos.

En concreto, en este artículo se especifica que una de las partes contratantes no puede decidir sobre la validez y el cumplimiento del contrato.

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