Artículo 1260 del Código Civil

No se admitirá juramento en los contratos. Si se hiciere, se tendrá por no puesto.

art 1260 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere al artículo 1260 del Código Civil, que establece que no se permitirá el uso de juramentos en los contratos. Si alguien incluyera un juramento en un contrato, este será considerado inválido. El motivo detrás de esta norma es garantizar la imparcialidad y la objetividad en los acuerdos legales, evitando que se utilicen juramentos como manera de presión o manipulación. En resumen, el artículo 1260 del Código Civil busca proteger la equidad y la transparencia en las relaciones contractuales.

El artículo 1260 del Código Civil español explica que no se admitirá juramento en los contratos.

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