Artículo 1328 del Código Civil
Será nula cualquier estipulación contraria a las Leyes o a las buenas costumbres o limitativa de la igualdad de derechos que corresponda a cada cónyuge.
art 1328 cc
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a una estipulación en un contrato de matrimonio que va en contra de las leyes, las buenas costumbres o limite la igualdad de derechos entre los esposos. Según el Código Civil, esta estipulación será considerada nula, lo que significa que no tendrá ningún efecto legal. En resumen, esta cita destaca la importancia de que las disposiciones en un contrato de matrimonio cumplan con las leyes, los valores sociales aceptados y garanticen la igualdad de derechos entre las parejas.
El artículo 1328 del Código Civil español se encuentra dentro del capítulo de las capitulaciones matrimoniales y establece la nulidad de cualquier estipulación contraria a las leyes.
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título III: Del régimen económico matrimonial
- Capítulo II: De las capitulaciones matrimoniales
- Título III: Del régimen económico matrimonial
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