Artículo 1624 del Código Civil

El censatario no podrá pedir el perdón o reducción de la pensión por esterilidad accidental de la finca, ni por la pérdida de sus frutos.

art 1624 cc

Explicación sencilla

Esta cita hace referencia al artículo 1624 del Código Civil. En resumen, esta ley establece que un arrendatario no tiene derecho a solicitar una reducción en el pago del alquiler debido a daños accidentales en la propiedad o a la pérdida de los productos cultivados en el terreno arrendado. Esto significa que, aunque ocurran contratiempos imprevistos como la esterilidad del suelo o la pérdida de la cosecha, el arrendatario seguirá siendo responsable de pagar la renta acordada sin poder solicitar ninguna reducción debido a estas circunstancias.

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