Artículo 1673 del Código Civil

La sociedad de todos los bienes presentes es aquella por la cual las partes ponen en común todos los que actualmente les pertenecen, con ánimo de partirlos entre sí, como igualmente todas las ganancias que adquieran con ellos.

art 1673 cc

Explicación sencilla

Esta cita del artículo 1673 del Código Civil habla sobre la sociedad de todos los bienes presentes. En esta sociedad, las partes deciden compartir en común todos los bienes que actualmente les pertenecen, así como todas las ganancias que obtengan con ellos. Esto significa que los integrantes de esta sociedad deciden colocar todo lo que poseen en un fondo común y repartirlos entre todos de manera equitativa. De esta manera, se busca la igualdad entre los miembros de la sociedad en cuanto a la propiedad y los beneficios económicos que puedan obtener.

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