Artículo 1709 del Código Civil
Por el contrato de mandato se obliga una persona a prestar algún servicio o hacer alguna cosa, por cuenta o encargo de otra.
art 1709 cc
Explicación sencilla
El contrato de mandato es un acuerdo en el cual una persona se compromete a realizar una tarea o proporcionar un servicio en nombre y por solicitud de otra persona. Esto implica que el mandatario está actuando en representación del mandante y no en su propio beneficio. Es importante destacar que el contrato de mandato puede ser tanto verbal como escrito, y las obligaciones y responsabilidades del mandatario deben estar claramente especificadas. Esta cita en particular se encuentra en el artículo 1709 del Código Civil.
El artículo 1709 del Código Civil forma parte del título dedicado al mandato:
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título IX: Del mandato
- Capítulo I: De la naturaleza, forma y especies del mandato
- Título IX: Del mandato
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