Artículo 1737 del Código Civil

El mandatario, aunque renuncie al mandato con justa causa, debe continuar su gestión hasta que el mandante haya podido tomar las disposiciones necesarias para ocurrir a esta falta.

art 1737 cc

Explicación sencilla

Esta cita del artículo 1737 del Código Civil establece que, incluso si un mandatario renuncia a su mandato por una razón válida, debe seguir desempeñando sus funciones hasta que el mandante haya tenido la oportunidad de tomar las medidas necesarias para hacer frente a esta situación. En otras palabras, es responsabilidad del mandatario asegurarse de que la transición sea lo más suave posible, para que el mandante no se vea perjudicado por la renuncia. Esto garantiza que se cumpla el contrato de mandato y se protejan los intereses de todas las partes involucradas.

El artículo 1737 del Código Civil forma parte del capítulo dedicado a los modos de acabarse el mandato.

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