Artículo 1740 del Código Civil
Por el contrato de préstamo, una de las partes entrega a la otra, o alguna cosa no fungible para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva, en cuyo caso se llama comodato, o dinero u otra cosa fungible, con condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad, en cuyo caso conserva simplemente el nombre de préstamo.
El comodato es esencialmente gratuito.
El simple préstamo puede ser gratuito o con pacto de pagar interés.
art 1740 cc
Explicación sencilla
Esta cita explica el concepto de préstamo y distingue entre dos tipos: el comodato y el simple préstamo. El comodato es cuando una persona entrega algo a otra para que la use durante un tiempo determinado y luego se lo devuelva. Esto se hace sin esperar nada a cambio, por lo que es gratuito. En cambio, en el simple préstamo se presta dinero u otra cosa fungible con la condición de que se devuelva la misma cantidad y calidad. Esta última modalidad puede ser gratuita o puede haber un acuerdo para pagar intereses.
El artículo 1740 del Código Civil español hace referencia al comodato, que es la entrega de una cosa cuando existe un contrato de préstamo. El comodato es gratuito, pero el préstamo puede llevar consigo intereses.
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título X: Del préstamo
- Disposición general
- Artículo 1740
- Disposición general
- Título X: Del préstamo
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