Artículo 1753 del Código Civil
El que recibe en préstamo dinero u otra cosa fungible, adquiere su propiedad, y está obligado a devolver al acreedor otro tanto de la misma especie y calidad.
art 1753 cc
Explicación sencilla
Esta cita se refiere al concepto de préstamo. Cuando alguien recibe dinero o algo que se puede usar y gastar, se convierte en propietario de ello. Sin embargo, también se le impone la obligación de devolver al prestamista la misma cantidad y calidad de lo que recibió. En otras palabras, si alguien pide prestado cierta cantidad de dinero, debe devolver esa misma cantidad en el futuro. Esto está establecido en el artículo 1753 del Código Civil. Al cumplir con esta obligación, se considera que el préstamo ha sido devuelto correctamente.
El artículo 1753 del Código Civil español aclara qué sucederá con el que recibe préstamo, dinero u otra cosa fungible.
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título X: Del préstamo
- Capítulo II: Del simple préstamo
- Artículo 1753
- Artículo 1754
- Artículo 1755
- Artículo 1756
- Artículo 1757
- Capítulo II: Del simple préstamo
- Título X: Del préstamo
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