Artículo 1901 del Código Civil
Se presume que hubo error en el pago cuando se entregó cosa que nunca se debió o que ya estaba pagada; pero aquel a quien se pida la devolución puede probar que la entrega se hizo a título de liberalidad o por otra causa justa.
art 1901 cc
Explicación sencilla
Esta cita proviene del Código Civil y se refiere a situaciones en las que se entrega algo por error y luego se solicita su devolución. El artículo 1901 establece que si se puede demostrar que la entrega se hizo como un acto de generosidad o por alguna otra razón válida, la persona a quien se le pide que devuelva lo entregado no está obligada a hacerlo. Esto significa que si se cometió un error al realizar un pago o si algo ya estaba pagado, la persona que recibió lo entregado puede retenerlo si puede demostrar que fue un regalo o por una razón justificada.
El artículo 1901 del Código Civil español hace referencia al error en el pago cuando se entrega una cosa que no debía ser entregada.
- LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS
- Título XVI: De las obligaciones que se contraen sin convenio
- Capítulo I: De los cuasi contratos
- Sección II: Del cobro de lo indebido
- Capítulo I: De los cuasi contratos
- Título XVI: De las obligaciones que se contraen sin convenio
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