Artículo 225 del Código Civil
El tutor es el representante del menor, salvo para aquellos actos que este pueda realizar por si solo o para los que únicamente precise asistencia.
art 225 cc
Explicación sencilla
Esta cita se refiere al tutor, que es una persona designada para proteger los intereses de un menor. El tutor actúa en nombre del menor en todos los asuntos legales, excepto en aquellos en los que el menor es capaz de tomar decisiones por sí mismo o cuando solo necesita asistencia. Esto significa que el tutor tiene la responsabilidad de actuar en el mejor interés del menor y velar por sus derechos y necesidades legales, pero solo en situaciones en las que el menor no puede tomar decisiones por sí mismo o necesita ayuda para hacerlo. Este artículo está en el Código Civil, una ley que rige los asuntos legales en muchos países.
Tras la actualización publicada el 03/06/2021 que entró en vigor el 03/09/2021, se modifica este artículo por el artículo 2.21 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Anteriormente, decía lo siguiente:
En la nueva actualización del Código Civil, el antiguo artículo 225 ha pasado a ser el artículo 203 del Código Civil.
Antes de la reforma del 03/06/2021, el nuevo artículo 225 del Código Civil se correspondía con el antiguo artículo 267 del Código Civil:
- LIBRO I. DE LAS PERSONAS
- Título IX: De la tutela y de la guarda de los menores
- Capítulo I: De la tutela
- Sección III: Del ejercicio de la tutela
- Artículo 224
- Artículo 225
- Artículo 226
- Artículo 227
- Artículo 228
- Artículo 229
- Artículo 230
- Sección III: Del ejercicio de la tutela
- Capítulo I: De la tutela
- Título IX: De la tutela y de la guarda de los menores
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