Artículo 350 del Código Civil
El propietario de un terreno es dueño de su superficie y de lo que está debajo de ella, y puede hacer en él las obras, plantaciones y excavaciones que le convengan, salvas las servidumbres, y con sujeción a lo dispuesto en las leyes sobre Minas y Aguas y en los reglamentos de policía.
art 350 cc
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a los derechos y posibilidades que tiene el propietario de un terreno. La ley establece que el dueño tiene control sobre la superficie y todo lo que está debajo de ella. Esto significa que puede realizar diferentes obras, plantaciones o excavaciones según le convenga, siempre y cuando respete las restricciones legales y las obligaciones establecidas en las leyes sobre Minas y Aguas y en los reglamentos de policía. Esto implica que el propietario tiene la libertad de utilizar su terreno de acuerdo con sus necesidades y deseos, pero debe hacerlo dentro de los límites legales establecidos.
El artículo 350 del Código Civil español explica que el propietario de un terreno es dueño de su superficie y de lo que esté debajo de ella. También aclara que deberá seguir las leyes sobre Minas y Aguas y los reglamentos de policía para realizar las obras o excavaciones que convenga
- LIBRO II. DE LOS ANIMALES, DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES
- Título II: De la propiedad
- Capítulo I: De la propiedad en general
- Artículo 348
- Artículo 349
- Artículo 350
- Artículo 351
- Artículo 352
- Capítulo I: De la propiedad en general
- Título II: De la propiedad
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