Artículo 362 del Código Civil

El que edifica, planta o siembra de mala fe en terreno ajeno pierde lo edificado, plantado o sembrado, sin derecho a indemnización.

art 362 cc

Explicación sencilla

Esta cita del artículo 362 del Código Civil establece que si alguien construye, planta o siembra en un terreno que no es suyo con intenciones maliciosas, perderá todo lo que haya construido, plantado o sembrado sin tener derecho a recibir compensación. En otras palabras, si una persona invade la propiedad de otra con la intención de causar daños o perjuicios, no podrá reclamar ningún beneficio o indemnización por su inversión. Es una medida de protección para los propietarios y promueve el respeto y cuidado de la propiedad ajena.

El artículo 362 del Código Civil español explica qué sucede con el que edifica, planta o siembra de mala fe en terreno ajeno.

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