Artículo 371 del Código Civil

Las islas que se forman en los mares adyacentes a las costas de España y en los ríos navegables y flotables, pertenecen al Estado.

art 371 cc

Explicación sencilla

Esta cita del artículo 371 del código civil de España establece que las islas que se encuentran en los mares cercanos a las costas españolas, así como en los ríos que son navegables y flotables, pertenecen al Estado. Esto significa que estas islas son consideradas parte del territorio nacional y están sujetas a la soberanía y jurisdicción del Estado español. Esta disposición legal tiene como objetivo establecer la propiedad y control del Estado sobre estas áreas geográficas, para poder gestionar y regular su uso de acuerdo con las leyes y regulaciones correspondientes.

El artículo 371 del Código Civil español explica qué sucederá con las islas que se forman en los mares y ríos navegables.

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