Artículo 380 del Código Civil
Siempre que el dueño de la materia empleada sin su consentimiento tenga derecho a indemnización, puede exigir que ésta consista en la entrega de una cosa igual en especie y valor, y en todas sus circunstancias, a la empleada, o bien en el precio de ella, según tasación pericial.
art 380 cc
Explicación sencilla
Este artículo (380 CC) establece que si una persona utiliza algo sin el permiso del dueño, éste tiene derecho a recibir una compensación. La indemnización puede ser entregando algo de igual valor y características a lo utilizado, o bien, pagando el precio de dicho objeto según una evaluación realizada por un experto en el tema. En resumen, se busca que el propietario de la cosa utilizada sin consentimiento reciba una compensación justa por el daño causado.
El artículo 380 del Código Civil español explica que el dueño de la materia empleada, si se hace sin su consentimiento, tiene derecho a indemnización.
- LIBRO II. DE LOS ANIMALES, DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES
- Título II: De la propiedad
- Capítulo II: Del derecho de accesión
- Sección III: Del derecho de accesión respecto a los bienes muebles
- Capítulo II: Del derecho de accesión
- Título II: De la propiedad
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