Artículo 397 del Código Civil

Ninguno de los condueños podrá, sin consentimiento de los demás, hacer alteraciones en la cosa común, aunque de ellas pudieran resultar ventajas para todos.

art 397 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere a la obligación que tienen los copropietarios de una propiedad o bien común de obtener el consentimiento de todos los involucrados antes de realizar cualquier modificación en dicho bien. Incluso si estas modificaciones podrían beneficiar a todos los copropietarios, es necesario obtener el consentimiento y acuerdo de todos. Esto busca garantizar la igualdad y equidad entre los propietarios y evitar conflictos o desacuerdos. Es importante respetar los derechos y decisiones de todos los involucrados en la administración y uso de los bienes comunes.

Este artículo del Código Civil español hace referencia a la prohibición de que los copropietarios realicen alteraciones en la cosa común sin el consentimiento de los demás.

El artículo 397 del Código Civil se encuentra en el título dedicado a la comunidad de bienes:

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