Artículo 4 del Código Civil

1. Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.

2. Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.

3. Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes.

art 4 cc

Explicación sencilla

Esta cita pertenece al artículo 4 del Código Civil y establece tres principios importantes en el ámbito legal. En primer lugar, indica que cuando una norma no contemple un caso específico, se podrá aplicar analogía, es decir, se utilizará una norma similar que comparta la misma razón o motivo. En segundo lugar, establece que las leyes penales, excepcionales y temporales solo se aplicarán a los casos y momentos específicamente mencionados en ellas. Por último, señala que las disposiciones de este Código se aplicarán de manera subsidiaria en las áreas que estén reguladas por otras leyes. En resumen, esta cita habla sobre cómo se aplican las normas en situaciones específicas y cómo interactúan con otras leyes.

El artículo 4 del Código Civil español hace referencia a la aplicación analógica de las leyes cuando no tengan un supuesto especifico, así como la función supletoria de las disposiciones de este código.

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