Artículo 446 del Código Civil
Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen.
art 446 cc
Explicación sencilla
Esta cita del artículo 446 del Código Civil establece el derecho que tiene una persona a ser respetada en su posesión. Esto significa que si alguien es molestado o interrumpido en su posesión de algo, tiene el derecho de ser protegido o de que le devuelvan lo que le pertenece. Las leyes de procedimiento establecen los medios para conseguir esta protección o restitución. En resumen, este artículo busca garantizar la seguridad y protección de los derechos de posesión de las personas.
El artículo 446 del Código Civil español explica que todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión.
- LIBRO II. DE LOS ANIMALES, DE LOS BIENES, DE LA PROPIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES
- Título V: De la posesión
- Capítulo III: De los efectos de la posesión
- Título V: De la posesión
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