Artículo 465 del Código Civil

Los animales salvajes o silvestres sólo se poseen mientras se hallan en nuestro poder; los domesticados se asimilan a los domésticos o de compañía si conservan la costumbre de volver a la casa del poseedor o si han sido identificados como tales.

art 465 cc

Explicación sencilla

La cita hace referencia a la diferencia entre los animales salvajes y los domesticados. Los animales salvajes solo son considerados como propiedad nuestra cuando están bajo nuestro control, mientras que los animales domesticados se consideran como parte de la familia, ya que tienen la costumbre de regresar a casa o han sido identificados como animales de compañía. Esto significa que los animales salvajes pueden escapar o volver a un estado salvaje en cualquier momento, mientras que los domesticados son más dependientes de los cuidados y la protección de sus dueños. Esta cita proviene del artículo 465 del Código Civil.

El artículo 465 del Código Civil español explica cuándo se poseen los animales fieros.

Tras la actualización publicada el 16/12/2021 con entrada en vigor el 05/01/2022, se modifica el artículo 465 por el artículo 1.20 de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre de 2021. Anteriormente, decía lo siguiente:

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