Artículo 612 del Código Civil

El propietario de un enjambre de abejas tendrá derecho a perseguirlo sobre el fundo ajeno, indemnizando al poseedor de éste el daño causado. Si estuviere cercado, necesitará el consentimiento del dueño para penetrar en él.

Cuando el propietario no haya perseguido, o cese de perseguir el enjambre dos días consecutivos, podrá el poseedor de la finca ocuparlo o retenerlo.

art 612 cc

Explicación sencilla

La cita se refiere al derecho de un propietario de un enjambre de abejas a perseguirlo si entra en propiedad ajena, siempre y cuando compense al dueño por los daños causados. Si esa propiedad está cercada, necesitará el permiso del dueño para entrar en ella. Sin embargo, si el propietario no persigue o deja de perseguir el enjambre durante dos días consecutivos, el dueño de la propiedad puede ocuparlo o retenerlo. Esta cita proviene del artículo 612 del Código Civil.

Este articulo del Código Civil español está relacionado con los diferentes modos de adquisición de la propiedad que existen. En concreto, el artículo 612 trata sobre la ocupación como uno de los modos de adquisición de la propiedad y hace referencia a los propietarios de enjambres de abejas así como los derechos que disponen.

Tras la actualización publicada el 16/12/2021 con entrada en vigor el 05/01/2022, se suprime el párrafo tercero por el art. 1.24 de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre de 2021. Anteriormente, el tercer párrafo decía lo siguiente:

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