Artículo 733 del Código Civil

No será válido en España el testamento mancomunado, prohibido por el artículo 669, que los españoles otorguen en país extranjero, aunque lo autoricen las leyes de la nación donde se hubiese otorgado.

art 733 cc

Explicación sencilla

Esta cita se refiere al testamento mancomunado, que es cuando dos personas deciden hacer un testamento juntas. En España, este tipo de testamento está prohibido según el artículo 669 del Código Civil. Incluso si los españoles quieren hacer este tipo de testamento en un país extranjero donde sea permitido, no será válido en España. Esto significa que las leyes españolas prevalecen y no reconocen este tipo de testamento.

El artículo 733 del Código Civil español establece que el testamento mancomunado otorgado en un país extranjero no será válido en España.

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