Artículo 759 del Código Civil
El heredero o legatario que muera antes de que la condición se cumpla, aunque sobreviva al testador, no transmite derecho alguno a sus herederos.
art 759 cc
Explicación sencilla
Esta cita hace referencia al Código Civil y establece que si un heredero o legatario fallece antes de que se cumpla la condición establecida en un testamento, aunque haya sobrevivido al testador, no podrá transmitir ningún derecho a sus propios herederos. Esto implica que si una persona es nombrada beneficiaria en un testamento pero muere antes de recibir la herencia o legado por alguna condición especificada, sus propios familiares no podrán reclamar esos derechos en su lugar. Es importante considerar esta regla al redactar y planificar testamentos para evitar confusiones y conflictos.
El artículo 759 del Código Civil hace referencia al heredero o legatario que muera antes de que la condición se cumpla.
- LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
- Título III: De las sucesiones
- Capítulo II: De la herencia
- Sección I: De la capacidad para suceder por testamento y sin él
- Capítulo II: De la herencia
- Título III: De las sucesiones
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