Artículo 763 del Código Civil
El que no tuviere herederos forzosos puede disponer por testamento de todos sus bienes o de parte de ellos en favor de cualquiera persona que tenga capacidad para adquirirlos.
El que tuviere herederos forzosos sólo podrá disponer de sus bienes en la forma y con las limitaciones que se establecen en la sección quinta de este capítulo.
art 763 cc
Explicación sencilla
El artículo 763 del Código Civil establece que una persona que no tenga herederos forzosos puede hacer un testamento donde pueda dejar todos sus bienes o parte de ellos a cualquier persona que sea capaz de recibirlos. Sin embargo, si la persona tiene herederos forzosos, solo podrá disponer de sus bienes siguiendo ciertas reglas y limitaciones que se indican en la sección quinta de este capítulo del código. En resumen, esta cita del código civil explica cómo una persona puede disponer de sus bienes a través de un testamento dependiendo de si tiene o no herederos forzosos.
El artículo 763 del Código Civil español hace referencia a las herencias en las que no hubiera herederos forzosos.
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