Artículo 807 del Código Civil

Son herederos forzosos:

1.° Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

2.° A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

3.° El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

art 807 cc

Explicación sencilla

Esta cita es una parte del artículo 807 del Código Civil que establece quienes son los herederos forzosos en España. Los herederos forzosos son las personas que tienen derecho a heredar en caso de fallecimiento de una persona, y suceden en este orden: en primer lugar, los hijos y descendientes respecto a sus padres y ascendientes; en segundo lugar, los padres y ascendientes respecto a sus hijos y descendientes; y en tercer lugar, el viudo o viuda según las condiciones establecidas en el Código Civil. Es decir, estas personas tienen un derecho inalienable a heredar en caso de fallecimiento.

El artículo 807 hace referencia a los herederos forzosos que serán los siguientes, en este orden: los hijos o descendientes, los padres o ascendientes, si no existen descendientes, o el cónyuge viudo en los términos que se establecen en el Código Civil.

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