Artículo 998 del Código Civil
La herencia podrá ser aceptada pura y simplemente o a beneficio de inventario.
art 998 cc
Explicación sencilla
Esta cita es una fragmento del artículo 998 del Código Civil. Hace referencia a la aceptación de una herencia, y dice que se puede aceptar dicha herencia de dos formas: pura y simplemente o a beneficio de inventario.
Cuando se acepta la herencia de manera pura y simplemente, se aceptan tanto los activos como los pasivos de la persona fallecida. En cambio, cuando se acepta a beneficio de inventario, se aceptan solo los activos, y los pasivos no afectarán el patrimonio del heredero. En resumen, esta cita trata sobre las diferentes opciones que tienen los herederos para aceptar una herencia y cómo puede afectar su patrimonio.
- LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
- Título III: De las sucesiones
- Capítulo V: Disposiciones comunes a las herencias por testamento o sin él
- Sección IV: De la aceptación y repudiación de la herencia
- Capítulo V: Disposiciones comunes a las herencias por testamento o sin él
- Título III: De las sucesiones
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