Artículo 123 del Código Penal
Las costas procesales se entienden impuestas por la ley a los criminalmente responsables de todo delito.
art 123 cp
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a las costas procesales, que son los gastos que se generan durante un juicio. Según el artículo 123 del Código Penal, estas costas son impuestas por la ley a aquellos que sean responsables de cometer un delito. Esto significa que quienes sean declarados culpables de un crimen deben pagar los gastos que se hayan incurrido durante el proceso judicial, como por ejemplo los honorarios de abogados, los costos de documentación y cualquier otro gasto relacionado con el juicio. En resumen, esta cita establece que los responsables de un delito deben hacerse cargo de los gastos legales.
El artículo 123 del Código Penal español hace referencia a las costas judiciales que recaen en los responsables de un delito.
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Título V: De la responsabilidad civil derivada de los delitos y de las costas procesales
- Capítulo III: De las costas procesales
- Artículo 123
- Artículo 124
- Capítulo III: De las costas procesales
- Título V: De la responsabilidad civil derivada de los delitos y de las costas procesales
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