Artículo 131 del Código Penal
1. Los delitos prescriben:
A los veinte años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.
A los quince, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.
A los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.
A los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año.
2. Cuando la pena señalada por la ley fuere compuesta, se estará, para la aplicación de las reglas comprendidas en este artículo, a la que exija mayor tiempo para la prescripción.
3. Los delitos de lesa humanidad y de genocidio y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados en el artículo 614, no prescribirán en ningún caso.
Tampoco prescribirán los delitos de terrorismo, si hubieren causado la muerte de una persona.
4. En los supuestos de concurso de infracciones o de infracciones conexas, el plazo de prescripción será el que corresponda al delito más grave.
art 131 cp
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a los plazos establecidos por la ley para que un delito pueda ser perseguido y castigado. Según el artículo 131 del Código Penal, los delitos prescriben en diferentes períodos de tiempo dependiendo de la gravedad de la pena establecida. Por ejemplo, si la pena máxima es de prisión de quince o más años, el delito prescribe a los veinte años. Si la pena máxima es de inhabilitación por más de diez años o prisión de más de diez y menos de quince años, prescribe a los quince años. Los delitos más leves, como las injurias y calumnias, prescriben al año. Sin embargo, hay delitos (como los de lesa humanidad, genocidio, terrorismo) que no prescriben nunca. En caso de que haya varios delitos relacionados (concurso de infracciones), se utiliza el plazo de prescripción correspondiente al delito más grave.
El artículo 131 del Código Penal español hace referencia a las causas y los plazos de prescripción de un delito.
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Título VII: De la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos
- Capitulo I: De las causas que extinguen la responsabilidad criminal
- Artículo 130
- Artículo 131
- Artículo 132
- Artículo 133
- Artículo 134
- Artículo 135
- Capitulo I: De las causas que extinguen la responsabilidad criminal
- Título VII: De la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos
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