Artículo 172 quater del Código Penal

1. El que para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días.

2. Las mismas penas se impondrán a quien, en la forma descrita en el apartado anterior, acosare a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio profesional o función pública y al personal facultativo o directivo de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo.

3. Atendidas la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años.

4. Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso.

5. En la persecución de los hechos descritos en este artículo no será necesaria la denuncia de la persona agraviada ni de su representación legal.

art 172 quater cp

Explicación sencilla

Esta cita se refiere a las penas que se impondrán a aquellas personas que acosen a una mujer que desea interrumpir voluntariamente su embarazo, así como a los trabajadores del ámbito sanitario que participan en este proceso. Se considera acoso cualquier acto ofensivo, intimidatorio o coactivo que limite la libertad de la mujer o interfiera en la labor profesional de los trabajadores. Dependiendo de la gravedad de los actos y de las circunstancias del autor, se podrán imponer penas de prisión, trabajos en beneficio de la comunidad y la prohibición de acudir a ciertos lugares. Es importante destacar que no se requiere una denuncia de la persona afectada para perseguir estos actos de acoso.

Este artículo se añade al Código Penal español, tras la actualización publicada el 13/04/2022 con entrada en vigor el 14/04/2022, por el artículo único de la Ley Orgánica 4/2022, de 12 de abril.

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