Artículo 209 del Código Penal
Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.
art 209 cp
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a una ley que establece las sanciones para las personas que hacen injurias graves de manera pública. Si alguien difama o insulta gravemente a otra persona en público, podría enfrentar una multa que va desde seis hasta catorce meses. Sin embargo, si la injuria no se realiza en un lugar público, la pena podría ser menor, de tres a siete meses. El objetivo de esta ley es proteger el honor y la reputación de las personas, y promover un ambiente de respeto y equidad.
El artículo 209 del Código Penal español hace referencia a las penas con las que se castiga el delito de injurias graves con publicidad.
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XI: Delitos contra el honor
- Capítulo II: De la injuria
- Artículo 208
- Artículo 209
- Artículo 210
- Capítulo II: De la injuria
- Título XI: Delitos contra el honor
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