Artículo 273 del Código Penal

1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses el que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de una patente o modelo de utilidad y con conocimiento de su registro, fabrique, importe, posea, utilice, ofrezca o introduzca en el comercio objetos amparados por tales derechos.

2. Las mismas penas se impondrán al que, de igual manera, y para los citados fines, utilice u ofrezca la utilización de un procedimiento objeto de una patente, o posea, ofrezca, introduzca en el comercio, o utilice el producto directamente obtenido por el procedimiento patentado.

3. Será castigado con las mismas penas el que realice cualquiera de los actos tipificados en el párrafo primero de este artículo concurriendo iguales circunstancias en relación con objetos amparados en favor de tercero por un modelo o dibujo industrial o artístico o topografía de un producto semiconductor.

art 273 cp

Explicación sencilla

El artículo 273 del Código Penal establece que será sancionado con prisión y multa aquel que, sin permiso del titular de una patente o modelo de utilidad y sabiendo que están registrados, fabrique, importe, posea, utilice, ofrezca o venda productos protegidos por estos derechos, con fines industriales o comerciales. Las mismas penas se aplicarán a quien utilice o ofrezca el uso de un procedimiento patentado o posea o venda productos obtenidos por este procedimiento. Además, también se castiga a quien realice estas acciones con objetos protegidos por un modelo o dibujo industrial, o topografía de un producto semiconductor, pertenecientes a terceros.

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