Artículo 300 del Código Penal
Las disposiciones de este capítulo se aplicarán aun cuando el autor o el cómplice del hecho de que provengan los efectos aprovechados fuera irresponsable o estuviera personalmente exento de pena.
art 300 cp
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a las disposiciones legales que se aplican en un capítulo específico de un código penal. Estas disposiciones se aplican incluso si la persona que cometió el delito no tenía la intención de causar daño o si está exenta de recibir castigo personalmente. En otras palabras, aunque el autor o cómplice del delito no tenga responsabilidad directa o no deba ser castigado, todavía se aplicará este capítulo del código penal. Esto significa que la ley es igual para todos, y no importa si alguien no puede ser culpado, las consecuencias legales aún pueden ser impuestas.
El artículo 300 del Código Penal español hace referencia a la aplicación de los supuestos de artículos anteriores en el delito de receptación y el blanqueo de capitales.
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XIII: Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico
- Capítulo XIV: De la receptación y el blanqueo de capitales
- Artículo 298
- Artículo 299 (Suprimido)
- Artículo 300
- Artículo 301
- Artículo 302
- Artículo 303
- Artículo 304
- Capítulo XIV: De la receptación y el blanqueo de capitales
- Título XIII: Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico
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