Artículo 359 del Código Penal
El que, sin hallarse debidamente autorizado, elabore sustancias nocivas para la salud o productos químicos que puedan causar estragos, o los despache o suministre, o comercie con ellos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses, e inhabilitación especial para profesión o industria por tiempo de seis meses a dos años.
art 359 cp
Explicación sencilla
El artículo 359 del Código Penal establece que cualquier persona que fabrique, suministre o comercialice sustancias dañinas para la salud o productos químicos peligrosos sin tener la autorización correspondiente, será castigada con prisión de seis meses a tres años y una multa de seis a doce meses. Además, se le impondrá una inhabilitación específica para ejercer su profesión o industria durante un período de seis meses a dos años. Esta medida busca prevenir la producción y distribución de sustancias que puedan causar daño a la salud pública y proteger a la sociedad de los peligros asociados a estos productos químicos nocivos.
El artículo 359 del Código Penal español hace referencia a los delitos contra la salud pública y a la elaboración de sustancias nocivas para la salud o productos químicos.
El artículo 359 del Código Penal forma parte del capítulo dedicado a los delitos contra la salud pública:
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XVII: De los delitos contra la seguridad colectiva
- Capítulo III: De los delitos contra la salud pública
- Artículo 359
- Artículo 360
- Artículo 361
- Artículo 361 bis
- Artículo 362
- Artículo 362 bis
- Artículo 362 ter
- Artículo 362 quater
- Artículo 362 quinquies
- Artículo 362 sexies
- Artículo 363
- Artículo 364
- Artículo 365
- Artículo 366
- Artículo 367
- Artículo 368
- Artículo 369
- Artículo 369 bis
- Artículo 370
- Artículo 371
- Artículo 372
- Artículo 373
- Artículo 374
- Artículo 375
- Artículo 376
- Artículo 377
- Artículo 378
- Capítulo III: De los delitos contra la salud pública
- Título XVII: De los delitos contra la seguridad colectiva
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