Artículo 513 del Código Penal

Son punibles las reuniones o manifestaciones ilícitas, y tienen tal consideración:

1.º Las que se celebren con el fin de cometer algún delito.

2.º Aquéllas a las que concurran personas con armas, artefactos explosivos u objetos contundentes o de cualquier otro modo peligroso.

art 513 cp

Explicación sencilla

El artículo 513 del Código Penal establece que las reuniones o manifestaciones ilegales son castigadas por la ley. Estas reuniones se consideran ilegales cuando se llevan a cabo con el propósito de cometer algún delito. También se consideran ilegales aquellas reuniones en las que asistan personas armadas, con explosivos o cualquier objeto peligroso. En resumen, esta cita señala que las reuniones planeadas con la intención de cometer delitos o donde se utilicen elementos peligrosos son penalizadas por la ley.

El artículo 513 del Código Penal forma parte del título dedicado a los delitos contra la Constitución:

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