Artículo 580 del Código Penal
En todos los delitos de terrorismo, la condena de un juez o tribunal extranjero será equiparada a las sentencias de los jueces o tribunales españoles a los efectos de aplicación de la agravante de reincidencia.
art 580 cp
Explicación sencilla
Esta cita se refiere a una ley en España que establece una pena más severa para aquellos que cometen delitos de terrorismo y han sido condenados previamente por un juez extranjero. Según esta ley, la condena de un tribunal extranjero será considerada equivalente a una sentencia de un juez español, lo que significa que si una persona es condenada por terrorismo en otro país y luego comete un nuevo delito similar en España, se le aplicará una pena más dura debido a la reincidencia. Esta medida tiene como objetivo combatir más eficazmente el terrorismo y garantizar la seguridad de la sociedad.
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XXII: Delitos contra el orden público
- Capítulo VII: De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo
- Sección II: De los delitos de terrorismo
- Capítulo VII: De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo
- Título XXII: Delitos contra el orden público
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