Artículo 600 del Código Penal

1. El que sin autorización expresa reprodujere planos o documentación referentes a zonas, instalaciones o materiales militares que sean de acceso restringido y cuyo conocimiento esté protegido y reservado por una información legalmente calificada como reservada o secreta, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.

2. Con la misma pena será castigado el que tenga en su poder objetos o información legalmente calificada como reservada o secreta, relativos a la seguridad o a la defensa nacional, sin cumplir las disposiciones establecidas en la legislación vigente.

art 600 cp

Explicación sencilla

Esta cita hace referencia al artículo 600 del Código Penal, el cual establece que aquellos que reproduzcan sin permiso planos o documentos relacionados con zonas, instalaciones o materiales militares de acceso restringido y cuyo conocimiento esté protegido y reservado por una información legalmente clasificada como reservada o secreta, serán castigados con prisión de seis meses a tres años. Además, también se castigará con la misma pena a aquellos que tengan en su posesión objetos o información clasificada como reservada o secreta relacionados con la seguridad o defensa nacional, sin cumplir las disposiciones establecidas por la legislación vigente.

  • Código Penal
    • LIBRO II: Delitos y sus penas
      • Título XXIII: De los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional
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