Artículo 614 bis del Código Penal

Cuando cualquiera de las conductas contenidas en este capítulo formen parte de un plan o política o se cometan a gran escala, se aplicarán las respectivas penas en su mitad superior.

art 614 bis cp

Explicación sencilla

Esta cita se refiere al artículo 614 bis del Código Penal, que establece que si alguna de las acciones descritas en este capítulo del código son parte de un plan o política, o si se cometen en gran escala, se aplicarán las penas más altas. En otras palabras, si estas conductas se llevan a cabo de manera organizada o masiva, las consecuencias legales serán más severas. Esta disposición tiene como objetivo disuadir y castigar eficazmente los delitos cuando se realizan de manera planificada o afectan a un gran número de personas.

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