Artículo 46 del Código Penal Militar

El superior que maltratare de obra a un subordinado será castigado con la pena de seis meses a cinco años de prisión, sin perjuicio de la pena que corresponda por los resultados lesivos producidos conforme al Código Penal.

art 46 cpm

Explicación sencilla

El artículo 46 del Código Penal Militar establece que aquel superior que maltrate físicamente a un subordinado será castigado con una pena de prisión que puede ir desde los seis meses hasta los cinco años. Esto significa que se considera un delito grave y se busca proteger a los subordinados de cualquier tipo de abuso por parte de sus superiores. Además, esta pena se aplicará independientemente de cualquier otro daño o lesión que el maltrato haya causado.

El artículos 46 del Código Penal Militar establece las penas que se imponen por el delito de abuso de autoridad cuando un superior maltrate a un subordinado.

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