Artículo 112 de la Constitución Española
El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.
art 112 ce
Explicación sencilla
Este artículo de la Constitución Española habla sobre la posibilidad que tiene el Presidente del Gobierno de someterse a una cuestión de confianza ante el Congreso de los Diputados. Esto significa que puede presentar su programa político o una declaración general ante el Congreso y solicitar la confianza de los diputados. Si la mayoría simple de los diputados vota a favor de la confianza, se entenderá que ha sido otorgada. Es una forma de garantizar la legitimidad del Presidente y asegurar el apoyo de los diputados en su gestión.
El artículo 112 de la Constitución Española hace referencia a la posibilidad de que el Presidente del Gobierno plantee ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.
El artículo 112 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título V, dedicado a las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
- Título V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
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