Artículo 121 de la Constitución Española
Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley.
art 121 ce
Explicación sencilla
Esta cita se refiere al artículo 121 de la Constitución española, el cual establece que si una persona sufre daños a causa de un error judicial o por un funcionamiento inadecuado de la Administración de Justicia, tiene derecho a recibir una compensación económica por parte del Estado, de acuerdo a la legislación vigente. Esto significa que si se comete un error en un procedimiento legal o si la justicia no funciona correctamente, el Estado es responsable de reparar el daño causado a la persona afectada.
El artículo 121 de la Constitución Española hace referencia a la indemnización por los daños causados por error judicial.
El artículo 121 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título VI, dedicado al Poder Judicial.
- Título VI. Del Poder Judicial
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