Artículo 134 de la Constitución Española

1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.

2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.

3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.

4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.

6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.

7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.

art 134 ce

Explicación sencilla

El artículo 134 de la Constitución Española establece que es responsabilidad del Gobierno elaborar los Presupuestos Generales del Estado y de las Cortes Generales su examen, enmienda y aprobación. Estos presupuestos serán anuales e incluirán todos los gastos e ingresos del sector público estatal, además de especificar los beneficios fiscales relacionados con los impuestos estatales. El Gobierno debe presentar los Presupuestos al Congreso al menos tres meses antes de que expiren los del año anterior. Si los Presupuestos no se aprueban a tiempo, se prorrogarán automáticamente los del año anterior. Una vez aprobados, el Gobierno puede presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos para el mismo ejercicio presupuestario. Cualquier propuesta o enmienda que modifique los créditos o ingresos requerirá la conformidad del Gobierno para ser tramitada. Por último, la Ley de Presupuestos no puede crear nuevos impuestos, pero sí puede modificarlos si hay una ley tributaria que lo permita.

El artículo 134 de la Constitución Española hace referencia a la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado por parte del Gobierno.

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