Artículo 155 de la Constitución Española
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
art 155 ce
Explicación sencilla
El artículo 155 de la Constitución Española establece que si una Comunidad Autónoma no cumple con las obligaciones establecidas por la Constitución o por otras leyes, o si actúa de manera que perjudica gravemente el interés general de España, el Gobierno puede tomar medidas para obligar a la Comunidad Autónoma a cumplir con esas obligaciones o proteger el interés general. Primero se requeriría al Presidente de la Comunidad Autónoma, y si no cumple, se necesita la aprobación de la mayoría absoluta del Senado. El Gobierno también puede dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas para llevar a cabo estas medidas.
El artículo 155 de la Constitución Española hace referencia al incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Constitución por parte de una Comunidad Autónoma.
El artículo 155 de la Constitución Española se encuentra dentro del Título VIII, dedicado a la organización territorial del Estado. Más en concreto, dentro del Capítulo III sobre las Comunidades Autónomas.
- Título VIII. De la organización territorial del Estado
- Capítulo III. De las Comunidades Autónomas
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